MADRID, 4 (EUROPA PRESS)
En noviembre, hay 147.867 prestaciones activas más de las que había hace un año en este mismo periodo, lo que supone un incremento del 28,6%. En estos hogares conviven 486.682 beneficiarios más que los registrados en noviembre de 2023 (un 31,7% más).
En términos acumulados desde junio de 2020, cuando se puso en marcha esta prestación, en plena pandemia, el IMV ha llegado a 933.496 hogares y ha protegido a 2.774.812 personas. De ellas, más de 1,2 millones de ellas, son niños, niñas y adolescentes, en concreto, 1.206.350, el 43,5% del total.
Desde la entrada en vigor de esta política, la Seguridad Social ha destinado 13.005 millones de euros al abono de las nóminas de esta prestación.
Según los datos del INSS, en el 68,3% de las unidades de convivencia receptoras del IMV en noviembre vivían menores (454.740). Entre ellos, hay 115.596 hogares monoparentales. Si se atiende al perfil de los beneficiarios, el 41,2% son menores (833.277).
Si se desagrega la estadística por vías de acceso a la prestación, se ve que los hogares beneficiarios con Complemento de Ayuda a la Infancia (IMV Completo e IMV-CAPI) este mes alcanzan los 466.297. Esta modalidad de IMV supone una ayuda de 115 euros por hogar al mes en el caso de niños de 0 a 3 años; de 80,5 euros al mes por cada niño entre 3 y 6 años; y de 57,5 euros al mes por cada menor de entre 6 y 18 años. La cuantía media del complemento este mes ha sido de 68,5 euros por cada menor y de 127,3 euros por hogar con menores.
Los beneficiarios del IMV también se caracterizan por tener un perfil femenino. En noviembre, el 67,3% de los titulares y el 53,5% de los beneficiarios son mujeres. Además, el 82,3% del conjunto de titulares son de nacionalidad española y su media de edad se sitúa en los 45,2 años.
PASARELA AL IMV DESDE LA PRESTACIÓN DE DESEMPLEO
Por otra parte, el Ministerio ha recordado que los perceptores del subsidio por desempleo que agoten esta prestación sin haber logrado un empleo van a pasar a percibir el IMV sin hacer más trámites, gracias al nuevo procedimiento que regula esta transición. Las personas que cumplan con los requisitos establecidos no tendrán que solicitarlo ni aportar documentación complementaria.
Durante el trimestre previo al agotamiento del subsidio por desempleo, el SEPE informará a la persona beneficiaria sobre la posibilidad de remitir sus datos y los de su unidad familiar, a fin de tramitar la prestación del IMV. Para ello, la persona beneficiaria deberá otorgar su consentimiento y, en su caso, suscribir una declaración responsable de que dispone del consentimiento de los integrantes de su unidad familiar.
Si autoriza el consentimiento, el SEPE, dentro de los diez días siguientes a la fecha en la que se produzca el agotamiento del subsidio por desempleo, remitirá al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), como entidad gestora de la prestación del IMV (o a los órganos competentes en los casos de País Vasco y Navarra), la información necesaria para su tramitación.
En caso de reconocimiento del derecho al IMV, la fecha del hecho causante será la fecha del agotamiento del subsidio, y los efectos económicos se producirán el primer día del mes siguiente al del agotamiento del subsidio, es decir, no habrá un periodo de pérdida de ingresos para los perceptores. La persona titular del IMV será, en todo caso, la que fuese beneficiaria del subsidio por desempleo.
En las situaciones en las que no se pueda utilizar este procedimiento, o cuando los ciudadanos no hayan dado su consentimiento, los interesados podrán presentar su solicitud en el nuevo portal del INSS 'https://prestaciones.seg-social.es/', por correo postal o en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
COMPLEMENTO DEL 15% PARA AFECTADOS POR LA DANA
Además, según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, para responder a la situación de especial vulnerabilidad de los beneficiarios del IMV de las localidades afectadas por la DANA, en la nómina se les ha aplicado de oficio a su prestación un complemento extraordinario del 15%. Además, el Complemento de Ayuda a la Infancia suma un 30% adicional.
El incremento del 15% se aplica a las pensiones no contributivas y también va a beneficiar a las solicitudes del IMV que ya se habían presentado en estas localidades y no hayan sido resueltas, y a las solicitadas antes del 31 de diciembre de este año, siempre que se cumplan los requisitos exigidos.
Por otro lado, se ha facilitado la solicitud del IMV por pobreza sobrevenida, que se va a poder solicitar desde el 1 de enero (el plazo habitual comienza en abril), según ha informado el Ministerio.
También ha destacado que "se ha reforzado" la gestión y el acompañamiento a los colectivos más vulnerables afectados por la DANA y se han registrado 948 solicitudes nuevas en el último mes y se han resuelto favorablemente 901 entre las solicitudes nuevas y las pendientes.
El Ministerio ha recordado que todos los beneficiarios del IMV tienen a su disposición el teléfono corto 020 donde se proporciona información de este subsidio, con un incremento del 40% en su personal.