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El TJUE avala que mujeres afganas no tengan que acreditar riesgo de persecución para recibir asilo en la UE

BRUSELAS, 4 (EUROPA PRESS)

En una sentencia, el tribunal europeo subraya que las autoridades competentes de los Estados miembros pueden considerar que no es necesario que se acredite que las solicitantes corren un riesgo efectivo y específico si regresan a su país de origen. "Basta con tomar en consideración su nacionalidad y sexo", recalca.

El TJUE señala que algunas de las medidas aprobadas por el régimen talibán en el marco de su normas represivas contra las mujeres y niñas "deben considerarse por sí solas actos de persecución", ya que suponen una violación grave de un derecho fundamental.

Pone como ejemplo el matrimonio forzado o la falta de protección contra la violencia de género y la violencia doméstica. En este sentido, la sentencia indica que, en conjunto, las medidas vigentes en Afganistán constituyen actos que violan los derechos fundamentales "debido a su efecto acumulativo y a su aplicación deliberada y sistemática" y "llevan a negar de manera flagrante los derechos fundamentales vinculados a la dignidad humana".

Este caso se deriva de la denuncia de dos mujeres afganas que recurrieron al Tribunal Supremo de Austria la decisión de las autoridades de no reconocerles el estatuto de refugiadas. Las denunciantes alegaron que la situación de las mujeres en el nuevo régimen talibán justifica, por sí misma, la concesión de asilo.

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