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La Fiscalía propone revisar la responsabilidad civil subsidiaria de las congregaciones religiosas en casos de abusos

La Fiscalía General del Estado ha planteado la necesidad de "revisar" la solicitud de responsabilidad civil subsidiaria de las congregaciones religiosas, colegios religiosos o cualquier otra institución religiosa ante casos de abusos sexuales a menores.

Archivo - Monaguillos balancean un botafumeiro durante la misa en honor a San Fermín durante su festividad en el que sería el segundo día de las fiestas que han sido suspendidas por la pandemia de COVID-19, en la capilla del santo, en Pamplona, Navarra Eduardo Sanz - Europa Press - Archivo (Eduardo Sanz - Europa Press/Europa Press)

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MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

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Así lo refleja la Memoria presentada al inicio del año judicial por el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, y consultada por Europa Press. Fuentes de la Fiscalía han precisado a Europa Press que lo que propone la FGE es que se pida la responsabilidad civil en los casos de abusos sexuales a menores perpetrados por personas de una orden religiosa, un colegio religioso o cualquier otra institución religiosa, algo que hasta ahora no era habitual para estos casos.

"Necesidad de revisar la posible solicitud de responsabilidad civil subsidiaria de la Institución religiosa donde han tenido lugar los hechos constitutivos de delitos contra la libertad sexual a menores, conforme a lo dispuesto en el artículo 120.4 del Código Penal", señala el documento.

Según el artículo 120.4 del Código Penal "son también responsables civilmente, en defecto de los que lo sean criminalmente: Las personas naturales o jurídicas dedicadas a cualquier género de industria o comercio, por los delitos que hayan cometido sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios".

Asimismo, la Fiscalía propone "valorar, cuando se den los elementos incriminadores necesarios, la extensión de la acusación a las posibles conductas encubridoras por parte de los representantes de las instituciones religiosas" y "de las que pueden dimanar tanto responsabilidades penales como civiles"; la solicitud de la inhabilitación profesional del acusado y "la determinación concreta de la indemnización" para la víctima "que ha de integrar los daños morales y las lesiones psíquicas".

La FGE solicitó a las fiscalías superiores, mediante oficio de 31 de enero de 2022, la identificación de los procedimientos penales en tramitación por delitos contra la libertad sexual cometidos contra menores de edad en el seno de congregaciones, colegios o cualquier otra institución religiosa. Además, el 17 de junio de 2022 recibió un escrito presentado en nombre de la Conferencia Episcopal Española, mediante el que se daba traslado de dos informes realizados por el periódico El País sobre casos de pederastia.

En este marco y por decreto de fecha 11 de julio de 2022, la FGE procedió a la incoación de un expediente de seguimiento en la Secretaría Técnica, para tomar conocimiento pleno del alcance de las investigaciones penales, para mantener la debida coordinación y unificar la actuación de la fiscalía en esta materia en todo el territorio nacional.

A la vista de los testimonios remitidos por las fiscalías territoriales, la Fiscalía concluye que se dispone de "datos muy parciales", una situación que achaca a "la dificultad de detectar estos procedimientos al no constar registro específico para estos supuestos en las aplicaciones de gestión procesal de los órganos judiciales" y al "acotado espacio temporal al que pertenece la documentación remitida", puesto que la mayor parte de los testimonios se refieren a procedimientos que tuvieron su origen en el año 2021 y 2022.

61 DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN Y 86 DILIGENCIAS PREVIAS

En concreto, según los datos recopilados por la Fiscalía, de las 61 diligencias de investigación que constan registradas en las fiscalías territoriales, un 44% se incoaron en 2022, un 26% en 2021 y el 30% restante en años anteriores; mientras que, de las 86 diligencias previas remitidas, un 18% fueron incoadas en 2022, un 29% en 2021 y el 53% restante en años anteriores.

Además, los hechos tuvieron lugar en el 67% de los casos con posterioridad al año 2000 y en el 33% con anterioridad a 1990; y de las 20 sentencias remitidas de procedimientos judiciales finalizados, son condenatorias 19 de ellas, dos con conformidad del acusado y una, revocada en apelación. Por tanto, hay un 95% de condenas frente al 5% de absoluciones.

66 CASOS ARCHIVADOS

Por otro lado, de los datos se desprende que 66 asuntos fueron archivados, de los cuales el 32% fue archivado al haberse extinguido la responsabilidad penal por prescripción. De ese porcentaje, el 80% lo acordó la fiscalía y el 20% el juzgado. Mientras, el 5% fue archivado por la fiscalía al haberse extinguido la responsabilidad penal por fallecimiento del autor.

El 29% fue archivado por no resultar acreditados los hechos --de ese porcentaje, el 21% lo acordó la fiscalía y el 79% el juzgado--; y el 27% de las diligencias de investigación fueron archivadas por interposición de denuncia o querella ante el Juzgado. Además, una diligencia de investigación fue archivada por falta de denuncia del interesado en la fiscalía y otra por remisión a la Audiencia Nacional.

Por tipos delictivos, se constata el delito de abuso y agresión sexual a menores de 16 años, en su mayoría; de tenencia de pornografía; de descubrimiento y revelación de secretos; de exhibicionismo y provocación sexual; de acoso a menores de 16 y de prostitución y corrupción de menores, y se han calificado en su mayoría como delitos continuados.

Del análisis de toda la documentación remitida por las fiscalías territoriales, la Fiscalía concluye que es necesario dar audiencia a las víctimas, y notificarles, en su caso, "de forma directa y comprensible" el decreto de archivo de las diligencias con la posibilidad de interponer denuncia ante el juzgado de instrucción.

RELACIÓN DE SUPERIORIDAD ESPIRITUAL

También sugiere, dada la singularidad de la relación que en estos casos ostenta el acusado con la víctima, recoger "de forma clara y precisa" en el relato de hechos de los escritos de acusación, "la relación de superioridad espiritual" de la que se vale el agresor.

Del seguimiento realizado, la Fiscalía también ha constatado que las denuncias de este tipo de delitos no se realizan únicamente en las fiscalías territoriales o en los juzgados, sino también en las oficinas de asistencia a la víctima de las diócesis españolas.

Por ese motivo, la Secretaría Técnica envió sendos oficios a la CEE en junio y a las 70 diócesis de toda España en diciembre, con el objeto de que remitieran toda la información sobre los testimonios recibidos y con el recordatorio acerca de la obligación de poner en conocimiento del Ministerio Fiscal, cualquier hecho delictivo cometido sobre menores de edad.

En esa misma línea de comunicación institucional, la Fiscalía ha establecido cauces de comunicación y de colaboración con el Defensor del Pueblo, en el marco de su investigación sobre los abusos sexuales en la Iglesia, un encargo que le han hecho desde el Parlamento. De hecho, se designó a una fiscal de la Secretaría Técnica para que formara parte de la Comisión de Expertos, que se constituyó el 5 de julio de 2022.

Esta comisión de expertos creada se ha reunido en cuatro ocasiones en el año 2022, con el objetivo de elaborar un informe que determine los hechos y responsabilidades, proponga procedimientos de reparación a las víctimas y planifique políticas de prevención y atención a las víctimas.

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