MADRID, 23 (EUROPA PRESS TELEVISIÓN)
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"El Comité de Competición ha sancionado al Valencia CF con el cierre parcial de Mestalla durante cinco partidos, más concretamente de la grada sur Mario Kempes, tras los hechos ocurridos durante el encuentro del Campeonato Nacional de Liga de Primera División entre el conjunto local y el Real Madrid CF", señaló la RFEF.
Según el organismo, "se considera probado que, tal y como reflejó el árbitro en su acta, hubo gritos racistas a Vinícius" durante este encuentro, "alterando el normal desarrollo del mismo y considerándose las infracciones muy graves".
"Una vez valorada la excepcional gravedad de los hechos a los que se hace referencia en los antecedentes de hecho de esta resolución, el número de cánticos proferidos y su carácter abiertamente racista, en aplicación de lo dispuesto en los articulo 51 y 76.2.b) y d), se considera procedente y proporcionada la imposición de una sanción de clausura parcial del recinto deportivo por un período de cinco partidos y una sanción pecuniaria por un importe de 45.000 euros", reflejó Competición en su resolución.
Por otro lado, tras las alegaciones presentadas por el conjunto madridista contra la expulsión por roja directa mostrada por Ricardo de Burgos Bengoetxea al extremo brasileño, Competición decidió retirarla, por lo que podrá jugar este miércoles ante el Rayo Vallecano.
El Real Madrid alegó todo lo sucedido con el jugador durante esta campaña en diversos partidos, los insultos de los que fue objeto, que el colegiado recibió una imagen "sesgada" desde el VAR donde no se aprecia que Hugo Duro le sujetó por el cuello "con riesgo inminente de asfixia" y "la irregularidad de la existencia de dos actas sucesivas".
"En el caso que nos ocupa, entendemos que concurre una circunstancia extraordinaria, grave y totalmente inusual, que determina en nuestra opinión que la decisión adoptada por el Colegiado reflejada en el Acta que aquí se examina incurre en una patente arbitrariedad, pues se adopta sobre una base fáctica alterada y parcial, lo que ha determinar que incurre en una manifiesta falta de validez para fundamentar en la misma una sanción", puntualizó Competición.
Este acreditó igualmente "que la apreciación del colegiado estuvo determinada por la omisión de la totalidad del lance sucedido", lo que afectó a su decisión. "En efecto, el hecho de que le fuese hurtada una parte determinante de los hechos le abocó a adoptar una decisión arbitraria", señaló.
"Y ello porque le fue imposible valorar de modo adecuado lo que ocurrió, pues en el procedimiento necesario para la adopción de tal decisión se habría producido la omisión de un trámite indispensable para que la misma hubiera podido ser legítima y legalmente adoptada", añadió Competición.
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