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Bruselas propone armonizar penas de corrupción en la UE y un régimen de sanciones específico para terceros países

La Comisión Europea ha presentado este miércoles un conjunto de medidas anticorrupción que incluye normas nuevas y reforzadas que tipifican los delitos de corrupción y armonizan las penas en toda la Unión Europea, así como una propuesta para establecer un régimen de sanciones específico para combatir los actos graves de corrupción en todo el mundo.

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BRUSELAS, 3 (EUROPA PRESS)

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Estas nuevas medidas hacen especial hincapié en la prevención y en la creación de una cultura de integridad en la que no se tolere la corrupción y, al mismo tiempo, refuerzan los instrumentos de aplicación de la ley.

En concreto, Bruselas ha propuesto una directiva para actualizar y armonizar las normas de la UE sobre definiciones y penas de los delitos de corrupción para combatir toda la gama de delitos de corrupción, prevenir mejor la corrupción y mejorar la aplicación de la ley.

La propuesta amplía la lista de delitos de corrupción de la UE a la apropiación indebida, el tráfico de influencias y el abuso de funciones, así como a los delitos de blanqueo de capitales, la obstrucción a la justicia y el enriquecimiento ilícito, al tiempo que establece penas y define las circunstancias agravantes y atenuantes.

El paquete incluye también la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Josep Borrell, respaldada por la Comisión, para complementar el conjunto de medidas restrictivas de la Política Exterior y de Seguridad Común con un régimen de sanciones específico para luchar contra los actos graves de corrupción en terceros países de todo el mundo.

El soborno pasivo o activo de un funcionario público o la malversación o apropiación indebida de bienes por parte de un funcionario público constituyen tales actos graves de corrupción, especialmente en un país que figure en la lista de la UE de jurisdicciones no cooperativas a efectos fiscales, o un país que tenga deficiencias estratégicas en sus regímenes nacionales de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo que supongan amenazas significativas para el sistema financiero de la UE.

La propuesta de directiva de lucha contra la corrupción tendrá ahora que ser negociada y adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo antes de que pueda convertirse en legislación de la UE, mientras que el nuevo marco propuesto de sanciones de la Política Exterior y de Seguridad Común contra la corrupción deberá ser debatido y adoptado por los Veintisiete.

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