BRUSELAS, 26 (EUROPA PRESS)
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Además, serán los Gobiernos de cada Estado miembro los que deban presentar sus propios planes de ajuste fiscal a medio plazo en base a una reducción de la senda de gasto "plausible" que permita mantener la deuda en niveles "prudentes" a lo largo de un periodo de cuatro años que podrá ampliarse hasta un máximo de siete si se apoya en reformas e inversiones específicas.
Por su parte, la Comisión proporcionará trayectorias técnicas que muestren qué ajuste fiscal es necesario para garantizar que se cumplen los criterios de los valores de referencia del 3% y el 60%, pero serán los Veintisiete quienes deberán respaldar los planes estructurales presentados por cada país, así como de los compromisos de reforma e inversión en que se basa la prórroga.
Asimismo, la revisión introduce una cláusula específica de escape para los Estados miembro que contempla la posibilidad de eventos extraordinarios, tales como pandemias o guerras, derivada del contexto tras la pandemia y de la crisis provocada por el ataque de Rusia a Ucrania.
No obstante, aunque las propuestas proporcionan a los Estados miembro un mayor control sobre el diseño de sus planes a medio plazo, también establecen un régimen de aplicación más estricto para garantizar que cumplen los compromisos que asumen en sus planes a medio plazo.
En el caso de los Estados miembro que afrontan importantes retos en materia de deuda pública, las desviaciones de la senda de ajuste fiscal acordada conducirán por defecto a la apertura de un procedimiento de déficit excesivo.
Si no se cumplen los compromisos de reforma e inversión que justifican una prórroga del período de ajuste presupuestario, el período de ajuste podría ampliarse. El incumplimiento de los compromisos de reforma e inversión que justifiquen una prórroga del período de ajuste presupuestario podría dar lugar a la reducción de este período.