MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
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El TPI también ha emitido una orden de arresto por el mismo motivo contra la comisaria presidencial de los derechos de la Infancia de la Federación de Rusia, Maria Alekseievna Lvova-Belova, ha hecho saber la corte en un comunicado.
La corte entiende "motivos razonables" para creer que Putin "tiene responsabilidad penal individual" por estos delitos, bien por su comisión "directa" o por haber sido incapaz de "ejercer un control adecuado sobre los subordinados civiles y militares que cometieron los actos".
El Kremlin ha desmentido constantemente que esté deportando a niños ucranianos por la fuerza frente a las acusaciones vertidas por Kiev y sus aliados. Según el Gobierno ucraniano al menos 16.000 niños han acabado desplazados contra su voluntad a territorio ruso desde el comienzo del conflicto mientras que un reciente estudio presentado en febrero por la Universidad de Yale denunciaba al menos 6.000 niños ucranianos repartidos en 40 internados rusos.
Las órdenes de arresto de este viernes representan los primeros cargos internacionales presentados desde el comienzo del conflicto y llegan después de meses de trabajo de un equipo especial de investigación a las órdenes del fiscal jefe del TPI, Karim Khan. Para su emisión ha sido necesario que un panel preliminar de jueces aceptara la validez de las pruebas presentadas.
La posibilidad de que el TPI acabe juzgando a Putin es prácticamente imposible por varios motivos: la corte no puede atender casos 'in absentia' del acusado, Rusia se retiró en 2016 del Estatuto de Roma que sirve de cimiento legal para el tribunal, y el Kremlin no tiene la más mínima intención de entregar a ningún oficial ruso a la corte, como ya ha reiterado en numerosas ocasiones.
Sin embargo, el TPI sí que está capacitado, como mínimo, para imputar a Putin, dado que no reconoce la inmunidad para los jefes de Estado en casos de crímenes de guerra, crimen contra la Humanidad o genocidio.
Como nota particular, el TPI ha hecho un caso excepcional al identificar por nombre a Putin y Lvova-Belova, contra de la doctrina habitual que favorece el anonimato, al indicar que "el conocimiento público de las órdenes puede contribuir a la prevención de la comisión de nuevos delitos", particularmente el de la deportación infantil forzada, "que todavía continúa".