MADRID, 4 (EUROPA PRESS)
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
"Los inmuebles de uso habitacional clasificados como vacía" podrán "ser objeto de arrendamiento forzoso por los municipios para su posterior subarriendo en el ámbito de los programas de vivienda pública", según el texto divulgado en el portal Consulta Lex.
Serán los ayuntamientos los que presentarán la propuesta a cada propietario, que tendrá diez días desde para confirmar su recepción. En caso de rechazo o ausencia de respuesta, "un inmueble devuelto hace más de 90 días podrá ser objeto de arrendamiento forzoso".
El Gobierno explica que en caso de que sea necesario realizar obras en el inmueble éstas podrán ser realizadas "coercitivamente por los municipios (...) a cargo de las rentas".
El Gobierno ha explicado que no se verán afectadas por la norma las segundas viviendas, las viviendas de emigrantes o las viviendas que vivan fuera por motivos profesionales, de formación o de salud", las que fueron adquiridas para su reventa por personas físicas o jurídicas o las que estén "dentro de un emprendimiento turístico y estén inscritos como alojamiento local".
La norma se encuadra en el paquete Más Vivienda presentado por el Gobierno socialista luso el pasado 16 de febrero y que está disponible para un periodo de consulta pública hasta el 10 de marzo. El plan incluye un coste de 900 millones de euros.