BRUSELAS, 2 (EUROPA PRESS)
En su dictamen, la abogada Leila Medina recuerda que las personas jurídicas a las que la normativa nacional atribuye las funciones de producción y tratamiento de purificación de agua potable tienen que cumplir con las obligaciones establecidas en la Directiva europea sobre aguas, incluyendo el marco de protección.
"Si fuera necesario, dichas personas jurídicas pueden interponer, para ello, un recurso ante el órgano jurisdiccional competente", asegura la abogada general en su opinión, al tiempo que señala que la obligación de proteger el agua que se usa para producción de agua potable tiene un "carácter vinculante" por lo que es "pertinente a efectos de la aprobación de proyectos concretos".
En este sentido, recalca que los Estados miembros deben adoptar las medidas necesarias para conseguir los objetivos de la Directiva europea y en el caso de aprobar nuevos proyectos se "debe determinar que no producirá efectos negativos en la calidad de las masas de agua utilizadas para la producción de agua potable".
Haciendo mención a las medidas de protección recogidas en la directiva de aguas, Medina ahonda en que la aprobación de un proyecto "solo es posible cuando su ejecución no afecte negativamente al agua suministrada, a través del grifo, a los habitantes de la zona en cuestión".
Este caso surge después de la aprobación en Cottbus, Alemania, de la construcción de un lago artificial con una alta concentración de sulfatos, mayor que la del río Spree, donde desaguaría lago, rebajando la calidad de este agua.