MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
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Así, exige su retirada porque, entre otros motivos, solamente considera punible, y con menores penas, el abuso sexual a animales si este requiere de atención veterinaria. Además, critica que las penas de prisión no superarán en ningún caso los 24 meses y que se podrán alternar por penas de multa.
En el caso de abuso sexual a animales, la reforma del código penal propuesta rebaja las penas previstas de inhabilitación para tenencia y trabajo con animales, por lo que el PACMA ha escrito una carta al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para exigir que se retire el citado proyecto por las "graves consecuencias" que provocarían las modificaciones previstas que el mismo sea retirado por las "graves consecuencias" que provocarían las modificaciones previstas.
En la misiva, dirigida a la ministra Ione Belarra, a la secretaria de Estado para la Agenda 2030, Lilith Verstrynge Revuelta, y al director general de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, piden su retirada al considerar que el texto que debatirá el Congreso de los Diputados conducirá a un "escenario de mayor impunidad del maltrato animal" a pesar de que contempla un leve incremento de las penas que, en todo caso para PACMA son "no solo insuficientes sino que se mantiene la introducción de la pena de multa como alternativa a la de prisión en los casos de lesiones.
La asesora jurídica del PACMA, Eva Ramos, ha señalado que mediante la modificación prevista, en caso de condena por maltrato que provoque lesiones al animal, se podrá imponer una pena de multa, directamente, sin necesidad de resolución motivada, incluso en los casos de reincidencia; algo que actualmente es posible. "Nos encontramos con una reforma que, de aprobarse definitivamente, provocaría que tampoco en los casos de reincidencia los maltratadores pisen la cárcel", ha advertido.
El partido señala que se han rebajado las penas inicialmente propuestas en la reforma del Código Penal y se han rebajado los máximos previstos para las penas de inhabilitación especial para trabajar con animales o para su tenencia, de 5 a 3 años, en el caso de lesiones que requieran tratamiento veterinario, y de 5 a 4 años, en el caso de muerte del animal.
"Otro empeoramiento respecto de la versión anterior, es que ahora se distingue el maltrato a los animales que se encuentren bajo control humano del maltrato a los animales silvestres, castigando el maltrato de estos últimos con unas penas muy inferiores", ha explicado Ramos, que asegura que esta nueva fórmula no soluciona la desprotección de los animales como los pulpos, porque solo quedarían amparados los que se encuentren bajo control humano.
"El maltrato a cefalópodos y otros invertebrados que vivan en libertad seguiría siendo impune", advierten.
En cuanto al abuso sexual hacia animales, el PACMA denuncia que no se ha modificado a pesar de las reiteradas advertencias porque el abuso sexual hacia animales solo será punible si se producen lesiones que requieran tratamiento veterinario y a pesar del "compromiso de enmendarlo" de García Torres.
En la modificación prevista, tal y como está redactada la reforma, el abuso o explotación sexual de un animal sea punible, debe provocarle una lesión que requiera tratamiento veterinario, algo que no se exige actualmente por el artículo 337, que castiga someter a un animal a explotación sexual, con independencia de si esa explotación le causa o no lesiones.
En cuanto al abandono, el PACMA recuerda que se pactó expresamente la revisión de las penas al abandono de animales domésticos y, sin embargo, denuncia que no solo no se aumentan las penas de multa frente a las actuales, sino que se introduce como alternativa de trabajos en beneficios de la comunidad algo que para PACMA es "incomprensible".